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martes, 29 de enero de 2008

El Euribor nos da un respiro.

Por fin cerramos enero, y por fin podemos ver que el Euribor, finalmente, experimenta un importante retroceso al situarse en el 4,5%. Incluso el Euribor diario está rozando el 4,25%, lo que equivale a decir, que si seguimos en la misma tendencia, febrero también nos dará un respiro.

No obstante, seguimos por encima de los valores que tenía el Euribor hace un año, de modo que las hipotecas que se revisen ahora subirán, si bien bastante menos que las que se vinieron revisando en el último trimestre de 2.007.

Parece que los vaticinios de los expertos que hablaban de bajadas del Euribor para 2.008 tienen ciertos visos de cumplirse. Sin embargo, hay que ser cautos, tenemos que esperar a ver cómo reacciona el mercado ante las constantes convulsiones que se vienen produciendo en el ámbito financiero. Las bolsas, Societe Generale, las medidas fiscales de USA, la Reserva Federal, el IPC, el Banco Central Europeo,... Son quienes, con sus actuaciones, marcarán la evolución del Euribor en los próximos meses.

viernes, 25 de enero de 2008

La culpa, otra vez, es de Aznar.

En el año 2.001, gobernando el PP en el Gobierno Central, y el PSOE de Monteseirín en Sevilla (a pesar de no ganar las elecciones), aconteció en Sevilla un robo espectacular, de madrugada, en la conocida Joyería Román. El botín fue cercano al millón de euros. Vamos, que se pusieron las botas.

Al parecer, el propietario estaba indignado con la actuación de la policía local, puesto que cuando acudieron a la joyería, alertados por el sistema de alarma, al no ver nada extraño desde fuera, se fueron, a pesar de que la alarma siguió activa durante 5 horas más.

Como es lógico, el dueño del comercio reclamó al Ayuntamiento, vamos, ¿quién no lo haría después de semejante despropósito policial?

Ahora un juzgado ha dado la razón al propietario y ha condenado al Ayuntamiento de Sevilla, gobernado por el socialista Monteseirín (otra vez sin haber ganado las elecciones) a pagar al propietario 500.000 euros por la actitud negligente de la Policía Local de Sevilla.

La primera reacción del Consistorio ha venido del Concejal de Urbanismo, Emilio Carrillo (del PSOE). No sé cómo no lo podía haber imaginado antes, según este concejal, la culpa es de Aznar (claro, como todo). Y lo es porque ese año gobernaba el PP en Madrid, y como en Sevilla había escasez de policía nacional, pues es culpa de Aznar que no hubiera seguridad en el momento del robo de la joyería.

Es curioso cómo un señor que lleva ya la pila de años en la política municipal desconozca la regulación al respecto, puesto que el art. 25 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local establece que es competencia de los municipios la seguridad en lugares públicos.

Además, se olvida este señor que el juzgado declara probado que fue la policía local quien acudió al lugar del robo, quien no hizo nada, y quien abandonó el lugar mientras los ladrones se forraban literalmente de joyas.

Concejal Carrillo, ¡qué manera de hacer el ridículo!

miércoles, 23 de enero de 2008

Vivienda. Lo que se pudo hacer y no se hizo.

Hace algunas fechas ya había avisado en algunos blogs que andaba preparando una entrada sobre la vivienda. La idea surgió a raíz de la invitación que me hicieron de la cadena de televisión CRN Giralda para participar en un debate acerca de la vivienda.

Estamos donde hemos llegado, con el precio de la vivienda por las nubes, con un Euribor que encarece aún más el precio que realmente pagamos por la vivienda, y con un auténtico estancamiento en el mercado inmobiliario. De ahí que se desacelere la subida de los precios.

Ni PSOE ni PP han sabido, podido, o querido tomar medidas para paliar o amortiguar el crecimiento constante del precio de la vivienda. Soy totalmente contrario al intervencionismo del Estado, pero sí estoy a favor de que las Administraciones flexibilicen sus sistemas fiscales para favorecer el correcto desarrollo de un mercado.

La fiscalidad de la compra de la vivienda es sencilla de explicar. Si adquieres una vivienda nueva, pagarás el 7% de IVA (Administración Central), y el 1% de Actos Jurídicos Documentados (Administración Autonómica). Aparte, pagarás el 1% de A.J.D. sobre la Responsabilidad Hipotecaria del préstamo que pidas (Administración Autonómica). Esta última cifra viene a ser aproximadamente el 1,6% del capital concedido. Es decir, comprar una vivienda nueva supone al menos un 9-10 % de impuestos. Si la vivienda costaba 150.000 euros, los impuestos hacen que el gasto se dispare hasta los 165.000.

Si lo que adquieres es una vivienda de segunda mano, pagarás el 7% de Impuesto de Transmisiones y el anteriormente referido 1% de AJD sobre la Responsabilidad Hipotecaria. Nos situamos en una carga fiscal en torno al 8-9%.

Las distintas administraciones autonómicas pueden instaurar reducciones a este impuesto. En Andalucía existe una reducción si compras una vivienda inferior a 130.000 euros, eres menor de 35 años, y es tu primera vivienda. Es una medida de 2.002 que se ha quedado obsoleta, ya no quedan viviendas de ese precio. De todos modos, esta reducción disminuye la carga fiscal un 55%, aproximadamente.

Impasibles han presenciado las distintas administraciones cómo subían los precios. Y desde su punto de vista es lógico: suben los precios, aumenta la recaudación fiscal, se crea empleo, se genera riqueza. ¿Quién iba a tocar nada si la maquinaria parecía infalible? Todos los gobiernos han sido poco previsores y muy avariciosos.

Lo que inicialmente tenía preparado se hace larguísimo para una entrada de blog, así que resumo lo que en mi humilde opinión debería suceder en cuanto a la fiscalidad de la vivienda, y una breve referencia al mercado de suelo.

1. IVA. En nuestro sistema hay tres tipos de IVA en función del bien gravado: 4, 7 y 16 %. Tratándose de la vivienda un bien de primera necesidad, pienso que debería estar gravada la compra de la PRIMERA VIVIENDA con un 4% de IVA. La segunda vivienda sí veo lógico que se grave más, incluso determinadas viviendas, a partir de, por ejemplo, 1.000.000 euros, podrían gravarse con un 16% de IVA al tratarse claramente de bienes de lujo.

2. AJD. Mantener el 1% cuando ya se ha pagado el IVA me parece un caso de doble imposición. Pienso que sería correcto eliminar este impuesto en la adquisición de vivienda de obra nueva. En cuanto al impuesto que grava la hipoteca, debería ir en base al capital prestado, y nunca a la responsabilidad hipotecaria, concepto que varía según la entidad prestataria, con lo que el impuesto al final queda al arbitrio de una entidad privada.

3. I. Transmisiones. Para el caso de segundas transmisiones, entiendo que procede igual que en el caso del IVA. Un tipo reducido (en Gran Bretaña es el 1%) para la compra de la primera vivienda, con un precio máximo. A partir de ahí un impuesto de aplicación progresiva en función de si se trata o no de la primera vivienda, y si su precio es o no superior a determinados umbrales

4. SUELO. Es preciso liberalizar el suelo. Actualmente el precio que se paga por un suelo supone entre un 30 y un 50 % del precio final de una vivienda. Esto es inadmisible. Es preciso liberalizar el suelo con el único límite del respeto al medio ambiente (incluyo aquí temas de alturas de construcción y motivos histórico paisajísticos). Esto traerá dos consecuencias: eliminación de la corrupción urbanística y reducción del precio del suelo. Eliminamos la corrupción porque el hecho de que se pueda o no construir en un suelo ya no va a depender del arbitriode una administración local.


Se trata de suavizar la carga fiscal al que puede acceder sólo a su vivienda habitual a costa, tal vez, de quien tiene mayores posibilidades y compra aquí y allá. Deja de ser tan atractiva la inversión en vivienda y se frena la especulación.

He tratado de resumir muchísimo el tocho que tenía preparado, así que opto por ampliar algún punto en el apartado de comentarios, y dependiendo de si hay o no debate, y por dónde fluya éste.

Menores impuestos, freno a la especulación, freno a la corrupción urbanística.

martes, 15 de enero de 2008

Ya están aquí.

Ando dándole vueltas a qué tiene que pasar para que haya un vuelco en las próximas elecciones.

Creo que será la abstención la que marcará el resultado final: si la participación es alta, más posibilidades del PSOE de repetir triunfo. El votante de izquierdas siempre ha sido más “vaguillo” que el de derechas.

Los graneros socialistas.

En Andalucía tiene el PSOE más que garantizada la victoria, si bien es muy posible que el margen sea inferior al de otras veces. Y he aquí una de las claves: Andalucía. Feudo fiel donde los haya al PSOE, parece que el desencanto y la incapacidad de ilusionar de Chaves (que está ya demasiado visto) hacen que muchos asiduos votantes del PSOE tal vez se queden en casa esta vez. Desde luego hay pocas esperanzas de que cambien el sentido de su voto. Quizás algunos decidan votar a IU (sigo sin entender a estos chicos), y tal vez otros lo hagan a favor del PA. Pero difícilmente habrá muchos votos que vayan del PSOE al PP. Sí es cierto, y conozco varios casos, que hubo quien cambió el voto a raíz del 11M, y que han decidido volver a votar al PP. De hecho, las encuestas dan una leve subida al PP en Andalucía, y creo que es debida a esta vuelta de los votantes que tras el 11M cambiaron su voto, entonces ya decidido para el PP, por el del PSOE. Así que en Andalucía, una de las claves, parece que el PP puede recortar algunos escaños.

Otra clave es Cataluña, en donde parece que la abstención va a ser masiva. Gran bajada de ERC. Aquí es misión imposible para el PP aumentar sus resultados, pero sí es posible que las crisis de RENFE, y la imposibilidad de tramitar definitivamente el Estatut, así como el carácter de Montilla, haga que el PSC también, como en Andalucía, pierda algunos votos. Así pues, tenemos que en otro de los graneros fieles al PSOE, tal vez tengamos que el PP recorte otro pequeño escalón, aunque sea a costa de pérdida de votos de PSC.

Es cierto que es un análisis algo optimista para el PP, pero si miramos las elecciones europeas y las locales, no parece descabellado que así suceda, tanto en Andalucía como en Cataluña.

El resto de autonomías parecen fieles a sus actuales gobernantes, excepto Galicia. Es lógico que el pacto PSOE – BNG pase factura, así que se entienden las encuestas que dan como ganador en Galicia al PP. Otro recorte de votos.

Parece que es difícil que el PP retroceda en ningún sitio, pues apenas ha sufrido el desgaste propio del gobernante, cosa que sí sucede en el caso del PSOE.

No hace mucho me fabriqué una hoja de cálculo con los resultados de las elecciones locales, trasladados a unas hipotéticas elecciones generales, y me daban un resultado muy similar a las encuestas de esta semana: una leve victoria del PSOE, hablando en escaños.

Tradicionalmente las encuestas son crueles con el gobierno de turno, y si seguimos esta consigna, tendríamos que el vuelco electoral es posible y factible.

El bolsillo es clave.

Al final es lo que decide un voto indeciso. Si me va bien, para qué cambiar. Ahora, si esto va cada vez peor, mejor a ver si con los otros remonto.

De ahí la intensa campaña del PSOE sobre la economía y su presunta salud a prueba de hierro. Pero es que las familias, que son quienes votan, no lo ven. Da igual si los datos macroeconómicos son buenos, el problema es llegar a fin de mes. Aunque el gobierno no tenga culpa de lo que sube el Euribor, si no llego a fin de mes no estoy contento.

Alguna vez leí que el votante feliz tiende más a votar al gobierno de turno, y es el descontento quien puede decidir un cambio.

Y esta es otra clave.

En resumen: la abstención, el desgaste socialista en sus graneros y el bolsillo.

Todo esto al margen de posibles artimañas tipo 11M, que tan bien se le dan bien a algunos; o posibles bombazos informativos que tan bien se le dan a otros.

Preparémonos para todo tipo de mentiras, para todo tipo de promesas, y para todo tipo de informaciones,… Ya están aquí.

lunes, 7 de enero de 2008

Nulidad Matrimonial. Derecho Canónico.

Tantas y tantas sandeces vengo leyendo estos días acerca de la Nulidad Matrimonial, que me he visto impulsado a escribir algo sobre la misma.

En primer lugar hay que diferenciar entre divorcio y nulidad. Son cosas tan diferentes como pueden ser un contrato de compraventa y un contrato de alquiler. Estos dos todos somos capaces de diferenciarlos. Pues bien, para mi sorpresa, hay gente que critica a la Iglesia por admitir la nulidad y no hacerlo con el divorcio.

Desde el punto de vista del ordenamiento civil, existe en nuestro Código Civil tanto una figura como la otra, con sus requisitos y sus consecuencias. Si ya el defendidísimo ordenamiento civil (a la hora de criticar al eclesiástico) distingue claramente ambos conceptos, no me cabe en la cabeza que a pesar de ello persista el personal en meter ambos en el mismo saco. Bueno sí, todo vale para criticar a la Iglesia, pero es que hablo de gente formada y leida, al menos presuntamente.

El divorcio es la disolución del vínculo matrimonial por causas sobrevenidas. Es decir, el matrimonio ha existido en plenitud, y sólo por alguna causa que sucede después, de las que el Código Civil recoge, se puede acudir a él para volver a la soltería. Esta figura jurídica se basa en un matrimonio no indisoluble.

La nulidad no se basa en nada que suceda después de la celebración del matrimonio, sino que ha de regirse por lo que sucede en el mismo acto del mismo, o bien anteriormente, pero jamás por algo que sucede después. Un contrato de compraventa es NULO porque me estaban engañando cuando fuimos al Notario en algo de relevancia, como por ejemplo: la casa es la mitad de lo que me habían dicho (he escogido un ejemplo extremo para que sea fácil). No es nulo si después de ir al Notario el vendedor va y prende fuego a la casa. Esto dará origen a una serie de acciones judiciales, pero la compraventa se formalizó sin causa de nulidad.

Dicho esto, ¿es criticable que sólo los ricos puedan acudir a los tribunales eclesiásticos para instar la Nulidad de su matrimonio? No. Y no es criticable porque es mentira.

El coste aproximado es de 600 euros por todo el proceso, y vale lo mismo seas rico, famoso o no lo seas. Existe, igual que en la Justicia ordinaria, el beneficio de "gratuito patrocinio". Es el equivalentea la justicia gratuita. Suelen ser un 30% de los casos los que se tramitan a costa totalmente de la Iglesia, acreditando la insuficiencia de ingresos. Un porcentaje mayor que los casos de justicia gratuita en la justicia ordinaria. Aproximadamente se tramita otro 20% con un coste del 50%, es decir, de unos 300 euros. Por otro lado, la intervención de abogado y procurador no es preceptiva. Conclusión: es bastante más barato que un proceso de divorcio o separación civil, en donde sí es obligatoria la intervención de procurador y letrado.

A pesar de este argumento de peso, nadie se baja del burro y la nulidad matrimonial es "cosa de ricos".

Entonces, ¿es criticable que la Iglesia "esconda un divorcio para los suyos bajo la forma de la nulidad"? Pues no es criticable, porque es mentira.


Las causas de la nulidad matrimonial en el Derecho español son las siguientes:

1. El matrimonio celebrado sin consentimiento matrimonial.

2. El matrimonio celebrado entre las personas a que se refieren los artículos 46 y 47, salvo los casos de dispensa conforme al artículo 48. (Se refiere a menores de edad, casados, parientes).

3. El que se contraiga sin la intervención del Juez, Alcalde o funcionario ante quien deba celebrarse, o sin la de los testigos.

4. El celebrado por error en la identidad de la persona del otro contrayente o en aquellas cualidades personales que, por su entidad, hubieren sido determinantes de la prestación del consentimiento.

5. El contraído por coacción o miedo grave.

¿Alguien osa decir que el Código Civil está inventando una figura para esconder un divorcio en una nulidad matrimonial? No, ¿verdad? Pues acudamos a las causas de nulidad recogidas en el Derecho Canónico.

Jurídicamente, y en el ámbito del derecho canónico, el matrimonio descansa sobre tres ejes.

El primero es la capacidad de las partes, es decir, la ausencia de impedimentos matrimoniales: por ejemplo, edad suficiente, estar ya casado con otra persona, o tener una relación de parentesco próxima.

El segundo es su libre consentimiento, que presupone la capacidad consensual, es decir, la madurez mental de los futuros cónyuges, su aptitud para asumir las cargas del matrimonio y el necesario uso de razón. Además, este consentimiento no ha de estar viciado por violencia o miedo grave, error (sobre todo cuando es causado mediante engaño), etc., ni ser simulado o condicionado.

El tercer eje es la forma de celebración del matrimonio, que ha de ser canónica cuando uno de los contrayentes es católico y no se ha apartado de la Iglesia por acto formal (por ejemplo, convirtiéndose a otra religión); la forma canónica implica la celebración del matrimonio ante una persona designada por el derecho canónico, normalmente el párroco u Ordinario del lugar, y ante al menos dos testigos.

Cuando en el matrimonio uno de estos tres ejes falla, no llega a surgir válidamente el vínculo en la vida jurídica. Existe entonces sólo una apariencia de matrimonio válido, que puede destruirse en un proceso judicial mediante pruebas fiables que lleven al tribunal eclesiástico a una certeza moral de su invalidez, expresada en la correspondiente sentencia de nulidad.

¡Vaya! Si son los mismos requisitos.

Pues nada, ante semejante varapalo de argumentos, prosiguen en sus trece. O soy fatal explicándome, o no quieren entender. No descarto ninguna de las dos opciones.